
El presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez, ha dejado entrever que está considerando su posición política y está reflexionando sobre su futuro al mando del país. En una carta a la ciudadanía publicada en una red X, el líder del Ejecutivo ha sugerido que podría ser el momento de dar un paso atrás y, por lo tanto, ha abierto la posibilidad de presentar su dimisión.
La situación política actual en España es tal que el Presidente del Gobierno no puede convocar elecciones generales hasta finales de mayo, según lo establecido por la Constitución. Esta regla se aplica porque no ha pasado un año desde la última disolución de las Cortes, que ocurrió justo después de las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo.
Si se confirmara la dimisión de Pedro Sánchez, el artículo 101 de la Constitución establece que su Gobierno cesaría con él, pero seguiría en funciones hasta que se designara a un nuevo presidente por las Cortes. En este caso, la vicepresidenta primera, María Jesús Montero, lideraría en funciones al Gabinete.
Además, el artículo 101 también estipula que el Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución o por dimisión o fallecimiento de su presidente. En el caso de una dimisión, el Gobierno cesante continuaría en funciones hasta la toma de posesión de un nuevo Gobierno.
En la eventualidad de que no puedan convocarse elecciones en este momento, se seguiría el procedimiento establecido en el artículo 99 de la Constitución. Según este artículo, el Rey, tras consultar con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del presidente del Congreso, propondría un candidato a la presidencia del Gobierno.
El candidato propuesto por el Rey tendría que exponer su programa ante el Congreso y solicitar la confianza de la Cámara. Si el Congreso le otorga la confianza por mayoría absoluta, el rey le nombraría presidente. Si no lograra esta mayoría, se sometería a una segunda votación 48 horas después y en ella le bastaría con lograr la mayoría simple.
No obstante, si ningún candidato logra la confianza de la Cámara en el plazo de dos meses desde la primera votación fallida de investidura, el Rey, Felipe VI, disolvería las Cámaras y convocaría nuevas elecciones con el refrendo del presidente del Congreso. Con este procedimiento, una dimisión ahora del presidente del Gobierno podría dar lugar a una llamada a elecciones generales en pleno verano.
A lo largo de la historia de la democracia española, solo ha habido un precedente de dimisión de un presidente del Gobierno. Fue la de Adolfo Suárez el 29 de enero de 1981. Su marcha fue seguida por la presidencia de Leopoldo Calvo Sotelo. Este evento es recordado en la historia por el intento de golpe de Estado del 23-F.
La dimisión de Suárez, cuyos detalles todavía permanecen en la sombra, y la intentona golpista que se produjo menos de un mes después, durante el debate de investidura de Calvo Sotelo, es considerada por muchos historiadores como el final de la Transición. El Gobierno de Calvo Sotelo, sucesor de Suárez, cesó el 28 de octubre de 1982 tras la celebración de las elecciones generales.