
El abogado general de la Unión Europea (UE), Maciej Szpunar, respaldó el jueves el argumento presentado por el ex presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y su ex consejero, Toni Comín. El respaldo se refiere a una de las muchas causas pendientes ante los tribunales de Luxemburgo, específicamente, el recurso presentado por los dos políticos, ahora eurodiputados, contra la decisión adoptada en 2019 por el entonces presidente de la Eurocámara, el popular italiano Antonio Tajani.
Después de las elecciones europeas, Tajani decidió no otorgarles el estatus de diputados, ya que la Junta Electoral Central española no incluyó sus nombres en la lista definitiva de diputados. La razón de esto fue que no habían completado los trámites administrativos habituales, que incluyen jurar la Constitución.
Cabe señalar que la opinión de Szpunar no es vinculante. Los jueces tendrán que pronunciarse definitivamente en los próximos meses. Aunque normalmente siguen las recomendaciones de los juristas, no siempre es así. Y en este caso, parece haber diferentes estrategias. El Tribunal General de la UE, en primera instancia, afirmó que los recursos de los políticos catalanes no eran admisibles porque disputaban decisiones que no eran recurribles.
Pero ahora, Szpunar sostiene que los jueces deberán afirmar que la decisión de la Eurocámara fue en contra del derecho comunitario. Hace esta afirmación respaldándose en una sentencia del propio TJUE posterior a cuando ocurrió todo esto. Por lo tanto, existe un amplio margen para que la sentencia definitiva se incline en una dirección u otra.
La cuestión en discusión tiene menos repercusiones prácticas hoy para Puigdemont y Comín, ya que están disputando una decisión que los dejó temporalmente sin escaño. Sin embargo, accedieron al mismo meses después, cuando el alto Tribunal cambió los precedentes en toda Europa, estipulando que una persona se convierte en diputado cuando se cuentan los votos, sin necesidad de ningún trámite adicional.
En 2019, Puigdemont y Comín llevaban casi dos años huidos en Bélgica, por lo que no acudieron a las oficinas públicas en España para tramitar la documentación. La Eurocámara consideró entonces que una persona no se convertía en diputada solo con la conclusión del recuento de los votos, sino que eran necesarios los pasos correspondientes según cada administración nacional.
El 14 de junio de 2019, Puigdemont y Comín solicitaron que se tomara nota de los resultados de las elecciones que aparecían en la lista de electos proclamada por la Junta Electoral Central el 13 de junio de 2019, en la cual habían sido incluidos. Y también solicitaron que se revocaran las directrices del 29 de mayo para poder disfrutar de los derechos como miembros del Parlamento Europeo desde el 2 de julio de 2019, fecha de la primera sesión plenaria tras las elecciones.
Tajani, apoyándose en la lista de candidatos electos enviada por la Junta Electoral española, rechazó estas solicitudes y los políticos catalanes recurrieron a la justicia, dando inicio a una serie de casos legales.
El Tribunal General, en primera instancia, respaldó la decisión de Tajani. O más bien, no apoyó a los políticos catalanes, al considerar en julio de 2022 que su recurso era inadmisible al considerar que las negativas del presidente del Parlamento Europeo impugnadas no eran actos recurribles.
Hoy, el abogado general del TJUE, el órgano superior, considera que Puigdemont y Comín tenían razón. Szpunar propone que el Tribunal de Justicia anule la sentencia en lo referente a la negativa a reconocer la condición de miembros del Parlamento Europeo, y que anule dicha negativa.
El Abogado General sostiene que el principal error del Tribunal General fue no considerar que el escrito de 27 de junio de 2019 contenía la decisión definitiva del presidente del Parlamento Europeo de ignorar la proclamación de 13 de junio de 2019. Según esta proclamación, de conformidad con la sentencia Junqueras Vies, Puigdemont y Comín habían adquirido la condición de miembros del Parlamento.
Szpunar argumenta que Tajani desafió los resultados electorales oficialmente proclamados, a pesar de que el Parlamento estaba vinculado por la proclamación de 13 de junio de 2019, que era la proclamación oficial de los resultados. Además, Tajani optó por dar curso a las notificaciones posteriores de las autoridades españolas, que no reflejaban de manera fiel y completa estos resultados.
El abogado general va incluso más allá, afirmando que al suspender las prerrogativas de Puigdemont y Comín derivadas de su condición de miembros del Parlamento Europeo, la Eurocámara violó el Derecho de la Unión. Ningún precepto de este Derecho autoriza a un Estado miembro a suspender las prerrogativas de los miembros del Parlamento Europeo, según el comunicado del tribunal.